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Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias

La Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias (DSYMEEA) es el órgano a través del cual el INIA ejerce la función de planificación, supervisión, monitoreo y control de las diversas actividades productivas y de los proyectos de innovación agraria, que se desarrollan en las Estaciones Experimentales Agrarias (EEA) y predios del INIA, de acuerdo a la normatividad vigente.

  1. Dirigir la planificación, supervisión, monitoreo y control de las actividades, en el marco de la Política Nacional, Plan Nacional de Innovación Agraria y de la Estrategia Nacional de Innovación, en función de las actividades que se realizan en las Estaciones Experimentales Agrarias.
  2. Coordinar con la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y las Estaciones Experimentales Agrarias el adecuado registro y control de los recursos empleados y generados en las actividades a su cargo.
  3. Dirigir el proceso de planificación, supervisión, monitoreo y control de las actividades de producción y de los proyectos de innovación agraria, conducidos directamente por las Estaciones Experimentales Agrarias y los originados en contratos o convenios celebrados con terceros.
  4. Dirigir, monitorear, controlar y registrar la distribución de los terrenos y locales de las Estaciones Experimentales Agrarias, que se utilizarán para las actividades de producción y de los proyectos de innovación agraria.
  5. Dirigir el control de las actividades productivas que se desarrollan en las Estaciones Experimentales Agrarias y predios del INIA, conforme a la legislación vigente.
  6. Formular propuestas para el mejoramiento de las actividades de producción en las Estaciones Experimentales Agrarias y las que provengan de los contratos de derecho de uso de tierras celebrados con terceros.
  7. Dirigir la formulación de las estructuras de costos y estadísticas necesarias, para efectos de análisis de las actividades de producción y de los proyectos de innovación agraria.
  8. Emitir lineamientos, normas, directivas, manuales y opinión técnica, en los temas de su competencia.
  9. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Jefatura, en concordancia con su ámbito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes